
Además se informa: Que las viudas de Ex-presos calificados en la ley anterior, pueden cobrar sus pensiones como viudas a partir desde este mes YA!!!, pues no es retroactiva.- Las viudas de ex. pp. no inscritos en la ley anterior se pueden presentar, a declarar y presentar requisitos cuando la comisión abra.- Los hijos que estuvieron presos con sus padres, o hijos de madres en período de gestación presas, también pueden inscribirse, apenas la Comisión comience a funcionar.- A partir de la promulgación de la ley que crea el Instituto Nacional de DD.HH., los hijos de Ex-pp y los que estén en edad de efectuar el servicio militar, quedaran exentos, previa comunicación en el cantón respectivo.Cualquier información anexa pueden solicitarla en las oficinas de la
Agrupación Nacional de Ex- Presos Políticos,
Crucero Exter 0324,
Providencia.
Teléfono: 7776895.
Correo: anexppchile1@yahoo.es
ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE
DIFUNDIR, DIFUNDIR, DIFUNDIR.
Compañeros:
Compañeros:
Ruego puedan difundir: Se requiere que ex prisioneros del campamento de 3 y 4 Álamos puedan tomar contacto con Osiel Núñez en el correo http://e1.mc509.mail.yahoo.com/mc/compose?to=nunezosiel@gmail.com con relación a la preparación del expediente que se elabora para declarar el campo como Monumento Histórico Nacional.
Muchas gracias.
Muchas gracias.
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